Operación “Picardía” condenó a trece personas por delitos relacionados al contrabando
Luego de recibir información sobre mercadería de contrabando que ingresaba por el paso de frontera de Salto-Concordia, la Coordinación de las Áreas Investigativas de la Jefatura de Policía de Salto con apoyo de la Dirección Nacional de Aduanas, realizaron tareas de análisis y vigilancia que lograron identificar los autores.
A raíz del trabajo realizado se procedió a una vivienda ubicada en pasaje Santa Rosa de la ciudad de Salto donde habrían ingresado un vehículo con mercadería de contrabando. Bajo autorización de la moradora se inspeccionó el lugar, ubicando en un dormitorio bolsas negras con ropa de vestir. En total se contabilizaron 463 prendas, incautándose el vehículo y se traslado a la mujer a la Dirección de Investigaciones.
Posteriormente se detuvo a dos vehículos que habrían pasado por el Puente de Salto Grande con mercadería de contrabando. Al ser inspeccionados, éstos transportaban más de 500 prendas cada uno, por lo que se derivó a los conductores.
Continuando con la investigación se analizaron las cámaras de videovigilancia del puesto de control aduanero del puente internacional, observándose maniobras ilícitas por parte de personal de Aduanas y civiles involucrados.
Mediante órdenes de allanamientos expedidas por el Juez Penal de 4to Turno de Salto, se allanaron varias fincas en distintos puntos de la ciudad, incautándose mercadería, 220.100 pesos, 350 dólares y más dinero en otras monedas, celulares, municiones y se detuvieron varias personas.
Finalizadas las actuaciones en el Juzgado Letrado en lo Penal y Adolescente de Cuarto Turno se dispuso la condena de las siguientes personas:
- W.D.R.R; L.E.L.R e I.T.D.R, como autores responsable de reiterados delitos de contrabando y reiterados delitos de soborno agravado en reiteración real a la pena de 24 meses de prisión.
- S.A.G.R; A.G.C.R; M.R.C; M.D.T.B y A.D.M.F como autores responsable de un delito de contrabando y un delito de soborno agravado en reiteración real a la pena de 20 meses de
prisión. - C.L.S como autora responsable de un delito de contrabando, un delito de soborno agravado y un delito de tenencia no autorizada de municiones en reiteración real a la pena de 22 meses de prisión.
Sustituidas en todos los casos por libertad a prueba (ley 19.889 ) debiendo cumplir distintas obligaciones.
- I.A.R.P como autor responsable de un delito de fraude a la pena de 12 meses de prisión, que se cumplirán seis meses de cumplimiento efectivo y los restantes con prisión domiciliaria.
- P.F.G.L como autor responsable de reiterados delitos de cohecho calificado agravado a la pena de 24 meses de prisión, que se cumplirán de la siguiente forma: 12 meses de cumplimiento efectivo y los restantes con prisión domiciliaria.
- J.H.M.C como autor responsable de reiterados delitos de cohecho calificado agravado a la pena de 24 meses de prisión, que se cumplirán de la siguiente forma: 10 meses de cumplimiento efectivo y los restantes con prisión domiciliaria.
- W.D.M.F como autor responsable de un delito de omisión del funcionario en proceder a denunciar los delitos, especialmente agravado a la pena de cuatro meses de prisión, que se sustituyen por libertada prueba (ley 19.889).
Montevideo, 21 de junio de 2022