Amparados: revierten situación de internos del Módulo 8
Este lunes 26 de junio, se dictó sentencia por la acción de amparo interpuesta contra la cartera por la situación de 8 privados de libertad en precarias situaciones de reclusión.
La situación de los internos- advertida por las autoridades del INR que fueron quienes informaron al Comisionado Parlamentario Penitenciario aportando los elementos con los que este elaboró su informe - fue rápidamente atendida dándose intervención al personal médico de ASSE quienes diagnosticaron el estado de salud de los involucrados y el inmediato tratamiento a aplicar a cada uno.
Amparo
No obstante esas acciones, el Comisionado presentó la acción ante el Juzgado Letrado de Primera Instancia en lo Contencioso Administrativo de 2º turno, el cual dictó sentencia admitiendo parcialmente la demanda reconociendo a la Secretaría de Estado que la "conducta que en la demanda se imputa lesiva por omisión en la debida alimentación y cuidado de los reclusos comprendidos en el accionamiento, en la actualidad no se produce, por lo que el sector de pretensión relativa a que se condene a una evaluación integral del estado de salud de los mismos con la implementación de un plan nutricional y tratamiento médico para afecciones que se adviertan en el plazo de 72 horas carece de objeto", destaca la sentencia.
En otra parte de su fundamentación, el dictamen establece que "como surge de autos, la autoridad carcelaria en conocimiento de la situación de emergencia que padecían los reclusos comprendidos en el accionamiento y de las que se informa en las historias clínicas agregadas... tomó medidas concretas... a los efectos de revertir la situación, medidas que abarcan el cambio de módulo y la mejora sustancial en la alimentación, suministro de materiales de higiene y abrigo y asistencia médica".
La subdirectora nacional técnica -Dra. Ana Juanche- dijo a UNICOM que la actuación del INR sobre los internos afectados fue anterior al informe del Comisionado, por cuanto fue personal penitenciario del INR el que alertó a las autoridades sobre la situación de los mismos disparando las acciones correspondientes que pusieran fin a dicha situación. "El INR tomó cartas en el asunto y comenzó todo su plan de recuperación, de acompañamiento y de seguimiento de estas personas, antes, exactamente, y -además- en un proceso de evaluación paulatina y sistemática", afirmó.
Los hechos
El miércoles 31 de mayo pasado, personal policial del Módulo 8 constató que en tres celdas del Sector C2 (área de seguridad), cuatro privados de libertad se encontraban con un estado de salud muy deteriorado, lo que motivó que fueran derivados al servicio médico de ASSE. Allí fueron atendidos por la Dra. Marta Arellano quien estampó en su boleta de diagnóstico “se constata adelgazamiento; refiere a privación de alimento”.
Ante esa situación, se tomaron medidas inmediatas consistentes en el traslado de los internos al módulo 4 -sector de seguridad-; chequeo inmediato por parte de personal penitenciario de todas las celdas del módulo 8 con la finalidad de detectar casos similares si los hubiere, relevamiento que no arrojó más casos como los referidos.
El diagnóstico médico habla de adelgazamiento, lo cual contradice lo informado por el Comisionado que calificó de desnutrición a los casos en cuestión. Los implicados estaban en tres celdas diferentes y se niegan a revelar la verdadera razón de sus estados ya que los alimentos llegan al sector y son distribuidos por privados de libertad encargados de su reparto.
El pacto de silencio de los compañeros de celda explica un clima de tensión o amenaza que estarían sufriendo los internos afectados, situación que es objeto de investigación de las autoridades penitenciarias.
El fallo
El Juez de la causa dictó su fallo amparando parcialmente la demanda otorgando un plazo de 30 días para diseñar un Programa de Tratamiento individual, reconociendo que la situación de emergencia ya no es actual sin desmedro de un riesgo inminente (amenaza cierta) de daño a los privados de libertad si no se cumple con ese programa. Asimismo, el INR deberá elevar un informe al Comisionado Parlamentario Penitenciario con los resultados obtenidos en un plazo de 90 días.
Montevideo, 26 de junio de 2017
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