Dirección Nacional de Cárceles
Su principal cometido es la custodia y la reforma de los delincuentes; teniendo para ello el poder material y moral para dictar los reglamentos, órdenes y resoluciones de todos los servicios que le incumben; debiendo propender por todos los medios a su alcance, a seguir los dictados de la ciencia penal más moderna, tratando de convenir y mantener los establecimientos de su dependencia, en verdaderos claustros de transformación moral y adaptación social del delincuente.
Los Centros de Recuperación son instituciones de reclusión para personas privadas legalmente de su libertad. Su objeto, que no se limita a la mera reclusión, está determinado por la función social específica de que deriva su nombre. La recuperación del recluso, readaptándolo para la vida libre y sin problemas en el seno de la sociedad, constituye el sentido, la meta primordial de los centros.
El modo de dar cumplimiento al cometido propuesto, implica la aplicación práctica de técnicas avanzadas, revolucionarias en un sistema de reclusión, que no tiene precedentes ni similares en el país y a la altura de las mejores instituciones de naturaleza carcelaria del mundo entero.
Todo el sistema se centra en el fomento de aptitudes subjetivas del recluso, cuyo cultivo y desarrollo asegurarán su plena recuperación como hombre libre. De tal modo, sólo resulta posible alcanzar las metas propuestas, cuando se trabaja con reclusos plenamente compenetrados del compromiso contraído y absolutamente consustanciados con el espíritu de la obra.
Característica destacada del funcionamiento de los Centros, es que su actividad se encara fundamentalmente como una obra. Consustanciados con ellas, autoridades, funcionarios y reclusos, participan en esfuerzo mancomunado, procurando obtener los fines que inspiran la creación de estas instituciones: la recuperación del recluso como hombre y su ubicación útil y sin problemas en el medio social.



